Vuelve a la página principal
COFI:FT/VII/2000/8





Tema 8.1 del programa provisional

COMITÉ DE PESCA

SUBCOMITÉ SOBRE EL COMERCIO PESQUERO

Séptima reunión

Bremen, Alemania, 22-25 de marzo de 2000

SUBVENCIONES Y SUS EFECTOS EN EL COMERCIO PESQUERO

Indice



INTRODUCCIÓN

1. En su sexta reunión, "el Subcomité observó que la cuestión de las subvenciones era objeto de debate en varios foros y que la FAO debía encargarse de recopilar a nivel mundial información sobre las subvenciones. Numerosas delegaciones destacaron que la utilización de subvenciones podía agravar la sobreexplotación de los recursos y distorsionar el comercio; otras, en cambio, subrayaron que las subvenciones podían ser necesarias en algunos casos, por ejemplo para garantizar el empleo y la seguridad alimentaria"1.

2. En el 23º período de sesiones del Comité de Pesca se hizo referencia explícita a las subvenciones a la pesca y a la función de la FAO al examinar y aprobar el informe de la sexta reunión del Subcomité sobre el Comercio Pesquero. El Comité formuló reflexiones análogas al aprobar el Plan de Acción Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera (PAI). En la Reunión Ministerial de la FAO sobre la Pesca de marzo de 1999 se asignó máxima prioridad a la aplicación del PAI. Este contiene referencias y recomendaciones específicas relativas a las subvenciones a la pesca2 en el marco de la ordenación de la capacidad pesquera.

3. Durante la reunión del Comité de Comercio y Medio Ambiente de la OMC (Ginebra, 29-30 de junio de 1999) en la cual se presentó el PAI, se recomendó que se invitara a la FAO a informar en su próxima reunión "sobre los principales elementos de un programa de trabajo indicativo encaminado a abordar los efectos de las subvenciones y otros factores que contribuyen al exceso de capacidad y la insostenibilidad de la pesca". Esta petición se cumplió en octubre de 1999.

4. Las subvenciones a la pesca y sus efectos en el comercio pesquero y las cuestiones relativas a la sostenibilidad de los recursos son un tema familiar para el Departamento de Pesca. En el pasado se han publicado sobre el tema varios estudios en los que se examinan o tratan de evaluar dichos efectos, abordando una de las dos cuestiones o ambas. Recientemente se ha pedido al Departamento de Pesca que dedique esfuerzos adicionales a este asunto. Además de la FAO, varias otras organizaciones internacionales están llevando a cabo actividades relativas a las subvenciones a la pesca (OCDE, OMC y APEC).

GRUPO DE ACCIÓN DE LA FAO

5. Con el fin de cumplir el mandato de los Estados Miembros de la FAO de abordar la cuestión de las subvenciones a la pesca en relación con el pescado y los productos pesqueros, el comercio y la sostenibilidad de los recursos pesqueros, se creó en el Departamento de Pesca de la FAO un Grupo de Acción sobre Subvenciones a la Pesca. Este Grupo de Acción tiene por objeto contribuir a la evaluación de los efectos de las subvenciones en los recursos pesqueros, la sostenibilidad y posteriormente en el comercio internacional del pescado y los productos pesqueros. El Grupo de Acción desempeñará sus funciones de conformidad con el mandato conferido a la FAO por los Estados Miembros, en un entorno técnico abierto al debate de todas las posiciones sobre el tema, aprovechando plenamente los recursos técnicos interdisciplinarios disponibles en el Departamento de Pesca y en estrecha cooperación con otras organizaciones pertinentes y con especialistas particulares relacionados con el tema de fuera de la Organización.

6. El Grupo de Acción deberá:

7. El plan de trabajo del Grupo de Acción de la FAO constará en principio de cuatro pasos:

1. Examen de las subvenciones a la pesca. Debido a la preocupación por sus posibles efectos indeseables, los Estados Miembros están examinando la función de las subvenciones y los incentivos económicos en relación con las cuestiones de comercio internacional, medio ambiente y desarrollo sostenible, en particular su función con respecto al comercio del pescado y los productos pesqueros y la sostenibilidad de los recursos pesqueros. Parece que antes de evaluar las repercusiones económicas y sociales de las subvenciones a la pesca es necesario realizar un examen técnico de los conceptos y modalidades de las subvenciones en la pesca. Esto contribuiría a la viabilidad técnica de una determinación eficaz del efecto de las subvenciones en la pesca. Para conseguir esto, se prevén las siguientes actividades:

2. Consulta de expertos. Se convocará un grupo de expertos para examinar los estudios preparados en el primer paso y toda la información restante pertinente. Dichos expertos contribuirán con aportaciones técnicas a la preparación de un informe que se presentará al COFI. Se promoverá la cooperación con otras organizaciones intergubernamentales pertinentes. La fecha prevista para esta consulta de expertos es mediados del año 2000.

3. Divulgación. Se distribuirá a los Estados Miembros un informe con los resultados, las conclusiones y las recomendaciones antes del 24º período de sesiones del COFI para su examen y debate.

4. Determinación de los efectos de las subvenciones a la pesca. Durante el período de sesiones del COFI, los Estados Miembros tal vez deseen pedir a la FAO y a otras organizaciones internacionales pertinentes que inicien una actividad con el fin de determinar el efecto de las subvenciones en la pesca, tomando como base el informe de la Consulta de Expertos indicado en el paso 3.

MEDIDAS PROPUESTAS DEL SUBCOMITÉ

8. El Subcomité tal vez desee refrendar la creación del Grupo de Acción de la FAO sobre Subvenciones a la Pesca y manifestar sus opiniones sobre su mandato y su plan de trabajo expuestos en los párrafos 6 y 7 supra.

1 Párrafo 17, informe de la sexta reunión del Subcomité sobre el Comercio Pesquero del COFI.

2 "Al elaborar sus planes nacionales para la ordenación de la capacidad pesquera, los Estados deberán evaluar los posibles efectos de todos los factores, entre ellos las subvenciones, que contribuyen al exceso de capacidad de la ordenación sostenible de sus pesquerías, distinguiendo entre factores, entre ellos las subvenciones, que contribuyen al exceso de capacidad y a la insostenibilidad y aquellos que producen un efecto positivo o son neutrales" (párrafo 25, Plan de Acción Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera).
"Los Estados deberán reducir y eliminar progresivamente todos los factores, entre ellos las subvenciones y los incentivos económicos, así como otros factores que contribuyan, directa o indirectamente, a aumentar excesivamente la capacidad pesquera y a menoscabar consecuentemente la sostenibilidad de los recursos marinos vivos, prestando la debida atención a las necesidades de la pesca artesanal" (párrafo 26, Plan de Acción Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera).
"La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, deberá recopilar toda información y datos pertinentes que puedan servir de base para realizar nuevos análisis destinados a determinar los factores que contribuyen al exceso de capacidad, tales como, entre otros, la falta de control de los insumos y de la producción, métodos de ordenación de pesca insostenibles y subvenciones que contribuyan al exceso de capacidad" (párrafo 45, Plan de Acción Internacional para la Ordenación de la Capacidad Pesquera).